Revista Digital de la VALL D'ALBAIDA
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dijous, 11 de juny del 2009

Testamentos

De Derecho, per Antonio J. Lacueva, Abogado
Publicat el dia 5 de juny al Crònica 710

Testamentos

La gente es reacia a hace testamento como lo es para hacerse seguro de vida o pagar un seguro de decesos (muerte). Y sin embargo muchos problemas se evitarían siempre que nos preocupáramos de prevenir con tiempo.

En el caso del testamento se suele hacer tarde nunca y mal. Nunca o tarde porque se suele esperar a ser mayor y es el primer error. El testamento hay que hacerlo cuanto antes. De forma individual, muy en secreto y sin que se entere más que el Abogado (que guarda el secreto de confesión) y el Notario que también mantiene el secreto. Otorgar testamento suele ser barato, y además se puede rectificar o sustituir de forma indefinida, Es decir se puede cambiar en cualquier momento.

Otro error frecuente es “Yo para él y él para mí” Que suelen decir, los matrimonio. Deben tener en cuenta que esa concesión al cónyuge viudo corre el peligro de que un nuevo matrimonio traslade buena parte del patrimonio a una familia desconocida. Y sin embargo una inmensa mayoría de matrimonios opinan que lo han hecho así.

Afortunadamente el tercio de legitima y el de mejora tiene que ir obligatoriamente para los hijos, pero todo lo demás lo recibe el otro cónyuge y puede que en un futuro próximo pase ese tercio, a una nueva esposa o algún hijo-o hijastro- surgido posteriormente. De este modo se perjudican los hijos del cónyuge fallecido.

Además también puede ocurrir el divorcio y en tal caso, si ya se ha hecho testamento-y se ha hecho mal como hemos indicado-hay que modificar aquel testamento para que el cónyuge separado no perciba más de lo que le corresponde.

La figura del Usufructo, es desconocida para mucha gente y sin embargo puede ser una solución para muchos casos.

Mediante el usufructo unos padres pueden retener la disposición de un negocio o de un bien y trasladar la nuda propiedad al hijo ó hijos, sin riesgo de que dilapiden ese patrimonio.

Además se da la circunstancia de que precisamente en la Comunidad Valenciana han retirado el 99% del impuesto de donaciones (entre descendientes o ascendientes) y actualmente esa trasmisión resulta económica. La ley esta recurrida en el Constitucional, pero de momento hacer donación no paga impuestos. Pero, eso si, para no correr riesgos, conviene retener el usufructo.

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