Revista Digital de la VALL D'ALBAIDA
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dijous, 30 d’abril del 2009

Tribunales



De Derecho, per Antonio J. Lacueva. Abogado

Publicat el dia 24 d’abril al Crònica 707





Tribunales





Inauguramos esta columna. En ella vamos a tratar temas jurídicos, intentando sobre todo informar y divulgar las noticias y los temas que consideramos de mayor interés para el lector.



Es posible que la justicia sea un “cachondeo” y puede que haya jueces con decisiones equivocadas. Pero intentaremos demostrar que eso no es la norma general. Y si en España en un día se dictan miles de sentencias, la mayoría son acertadas, justas y adecuadas. Y cuando una es injusta cabe el recurso de apelación, y si es extravagante (caso de la minifalda o de Farruquito o del violador) salta a los periódicos con todo alarde tipográfico y entonces parece que toda la justicia está corrompida. Y ni mucho menos. Hay una falta de medios tremenda y ésto ocasiona perjuicios como que se escape un preso o se ignoren los antecedentes de otro. Y a esto, desde luego, hay que poner remedio urgente.



Aquí comentaremos y trataremos de dar explicación a temas concretos como puede ser el famoso “crimen de Conejero” o a temas generales, porque la ignorancia de la ley, no exime de su cumplimiento. Y el desconocimiento de la ley perjudica a determinadas personas. Y hay creencias o costumbres que han evolucionado y que la ignorancia de la ley confunde o perjudica a los interesados. Para poner un ejemplo muy simple: durante años en caso de una quemadura de la piel se aconsejaba suavizar con aceite de oliva. Luego se ha demostrado que ese “remedio” lo que hace es agravar la quemadura ya que con el aceite se “frie” la piel. Y así hay creencias, malas costumbres o incluso supersticiones, que deben combatirse con una divulgación de las principales normas.



En el campo jurídico, existe la creencia de que los testamentos deben hacerse “Jo per a ell i ell per a mi”. Y esto es un error que se mantiene día tras día. Cambiar el negocio o todo el patrimonio de padres a hijos resultaba muy caro y además los padres no eran partidarios de ceder ese negocio o esos bienes por aquello de “El que en vida dóna masa...” Hoy en día resulta muy económico e incluso muy conveniente cambiar ese patrimonio y además existen modos de garantizar que ese patrimonio no se va a derrochar durante la vida de los padres.



Muchos matrimonios no sabían que al casarse el régimen aplicable era el de gananciales. Ahora esta norma ha cambiado y los matrimonios cuando se casan ya están en régimen de separación. Esto debería saberlo todo el mundo y sobre todo las consecuencias de una cosa y otra. Y las parejas de hecho, en su mayoría, desconocen cuales son sus derechos y obligaciones.



De todo esto y mucho más trataremos en esta columna. Y trataremos de hacerlo con el lenguaje más sencillo, popular y ameno que nos sea posible.



La próxima quincena:

¿SE PUEDE DESHEREDAR A UN HIJO?









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